Defensas Penales

En derecho penal, las defensas penales son estrategias y argumentos legales utilizados por el acusado para refutar las acusaciones y evitar la condena. Estas defensas pueden basarse en una variedad de fundamentos, incluyendo hechos, derecho sustantivo, derecho procesal y la interpretación de la ley. A continuación se describen los tipos más comunes de defensas penales y sus características.

Defensas Penales Comunes

  1. Inocencia
  • Negación de Hechos: El acusado afirma que no cometió el delito. La defensa puede presentar pruebas de que el acusado estaba en otro lugar (coartada) o que no participó en los hechos.
  • Evidencia Insuficiente: La defensa argumenta que la fiscalía no ha presentado pruebas suficientes para demostrar la culpabilidad más allá de toda duda razonable.
  1. Autodefensa
  • El acusado admite haber cometido el acto pero lo justifica alegando que fue necesario para protegerse a sí mismo o a otros de un daño inminente. La fuerza utilizada debe ser proporcional a la amenaza percibida.
  1. Defensa de Terceros
  • Similar a la autodefensa, pero el acusado actuó para proteger a otra persona. La intervención debe haber sido razonable y proporcional a la amenaza.
  1. Defensa de Propiedad
  • El acusado actuó para proteger su propiedad. En muchos sistemas legales, esta defensa tiene limitaciones y no justifica el uso de fuerza letal en la mayoría de los casos.
  1. Coacción o Duress
  • El acusado sostiene que cometió el delito bajo amenaza inmediata de daño físico grave o muerte a sí mismo o a sus seres queridos. La coacción debe haber sido de tal magnitud que anuló la voluntad del acusado.
  1. Necesidad
  • El acusado cometió el acto para evitar un daño mayor o más grave. Esta defensa se utiliza cuando no había ninguna alternativa legal razonable disponible.
  1. Error de Hecho
  • El acusado estaba equivocado sobre un hecho crucial que, si hubiera sido verdadero, habría hecho su acto legal. Por ejemplo, tomar accidentalmente la propiedad de otro creyendo que era la propia.
  1. Error de Derecho
  • En raras ocasiones, un acusado puede alegar que actuó bajo un error de derecho, aunque generalmente la ignorancia de la ley no es una defensa válida. Esta defensa puede aplicarse si el acusado actuó en base a una interpretación razonable y autorizada de la ley que posteriormente se encontró incorrecta.
  1. Capacidad Mental
  • Inimputabilidad: El acusado sostiene que, en el momento del delito, no tenía la capacidad mental para comprender la naturaleza o ilegalidad de sus acciones debido a una enfermedad mental o discapacidad.
  • Trastorno Mental Transitorio: Argumenta que, temporalmente, el acusado no estaba en control de sus acciones debido a un episodio agudo de enfermedad mental.
  1. Intoxicación
    • Voluntaria: Generalmente no es una defensa válida, pero puede mitigar la responsabilidad si la intoxicación impidió la formación de la intención delictiva (mens rea).
    • Involuntaria: Puede ser una defensa válida si el acusado fue intoxicado sin su conocimiento o contra su voluntad y esto afectó su capacidad para actuar con intención criminal.
  2. Consentimiento
    • En algunos delitos, como las agresiones sexuales, la defensa puede argumentar que la presunta víctima consintió libremente y con conocimiento en participar en el acto.
  3. Ánimo de Lucro
    • En ciertos delitos económicos, se puede argumentar que el acusado actuó con la intención de obtener un beneficio económico legítimo y no con la intención de defraudar.

Defensas Procesales

  1. Violación de Derechos Constitucionales
  • Cuarta Enmienda: La defensa puede argumentar que se violaron los derechos del acusado durante una búsqueda o incautación ilegal.
  • Quinta Enmienda: La defensa puede alegar que el acusado fue obligado a autoincriminarse o no se le informó de sus derechos Miranda.
  • Sexta Enmienda: La defensa puede argumentar que al acusado se le negó el derecho a un juicio rápido, a un abogado competente, o a confrontar a los testigos en su contra.
  1. Caducidad del Período de Prescripción
  • La defensa puede argumentar que la acusación fue presentada fuera del período de tiempo legalmente permitido.
  1. Entrampamiento
  • El acusado sostiene que fue inducido o coaccionado por agentes del gobierno a cometer un delito que de otra manera no habría cometido.
  1. Doble Enjuiciamiento
  • La defensa argumenta que el acusado ya fue juzgado y absuelto o condenado por el mismo delito y, por lo tanto, no puede ser juzgado nuevamente (protección contra el doble enjuiciamiento).

Estrategias de Defensa

  1. Ataque a la Credibilidad de los Testigos: La defensa puede intentar desacreditar a los testigos de la fiscalía, demostrando que tienen motivos ocultos, sesgos o un historial de falta de veracidad.
  2. Contrapruebas: Presentar pruebas que contradigan la narrativa de la fiscalía, incluyendo testigos de defensa, documentos, y otras evidencias.
  3. Cuestionar Procedimientos Forenses: Desafiar la validez, precisión o metodología de las pruebas científicas presentadas por la fiscalía.

En resumen, las defensas penales son un aspecto fundamental del derecho penal, proporcionando a los acusados la oportunidad de refutar las acusaciones en su contra y proteger sus derechos. Estas defensas se basan en una combinación de hechos, principios legales y derechos constitucionales, y su éxito depende de la habilidad del abogado defensor para presentar un caso convincente.

Compartir este servicio en tus redes

Áreas de Práctica relacionadas

ASESORAMIENTO

Asesoramiento Empresarial Integral para PYMES
Constitución de Sociedades
Constitución de Fideicomisos
Asesoramiento Integral en negocios
Inmobiliarios y afines

Preguntas Frecuentes

Brindamos asesoramiento sofisticado a clientes de todo el país, con una fuerte vocación por ofrecer el más alto estándar de calidad y excelencia.

Preguntas- Frecuentes

Si, las deudas mayores a 5 años se suprimen tanto de las bases de datos privadas (Veraz, Nosis, SiiSA, Fidelitas, Riesgonet, Seven, Codeme, etc.), como así también de la base de deudores pública (BCRA). Y en el caso de que Ud. tenga deudas pagas, las mismas se publicarán como CANCELADAS, dejando de ser informado en situación de morosidad.

Usted puede realizar el trámite desde cualquier punto del país, para ello contáctese telefónicamente o complete el formulario de contacto. También puede gestionarlo personalmente en nuestras oficinas, ubicadas en Buenos Aires.

Si,  se elimina definitivamente todas las deudas que posean una antigüedad de 5 años o mayor.

Si, todas las deudas mayores a 5 años de antigüedad pueden eliminarse definitivamente del Banco Central de la República Argentina.

La mejor garantía la da la propia Ley de Protección de Datos Personales, más allá de esto, nuestro Estudio Jurídico es líder en la materia desde hace más de 20 años, en el cual quien realiza su trámite es siempre un abogado matriculado del Estudio.

El trámite en nuestro Estudio demora 7 días hábiles.

Consulte aquí - Complete el Formulario

Dr. Cabañez Daniel E. & Asociados

Abogado Tº 106 Fº 542 C.P.A.C.F.

CONSULTA AHORA

Envianos tu mensaje y te responderemos a la brevedad